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Conozco algunos albañiles que querrían cobrar royalties por las paredes que levantaron en su adolescencia temprana. Pero mira, a esos les pagaron por su trabajo en su momento, y se acabó.
¿Me quiere explicar alguien a quién sirve un copyright de 95 años? Recordemos que el copyright inicial era de 14 años, que puede que fuese corto hoy en día, pero sigo pensando que es adecuado. Cualquier cosa por encima de 20 años me parece una barbaridad, y hoy en día está en 75 años en casi todo el mundo.
Lo que hay que hacer es presionarles, igual que se hizo con las patentes de software, para que al menos mantengan el estado actual, aunque creo que habría que reducirlo, como poco, a 50 años.
Más que reducirlo a 50 años, anularlo, y como mucho ponerle el canon 1 ó 2 años máximo, o al caso una canción de ahora dura tanto en las listas.
Esto es como si tuviéramos que pagarles un alquiler de por vida por algo que probablemente use uno de cada millon de personas (o menos) que compran un CD, un negocio más redondo que la rueda.
Es que además sólo la larga duración del copyright justifica el cánon.
Yo mismo diseñé varias imágenes de empresa, logotipos, catálogos, etc … que aún se siguen usando hoy por sus respectivas empresas tras más de 10 años.
¿también cobraré?
¿también esta protegida mi creatividad?
Si un cliente me pide un catalogo para el año en curso, ¿puedo reclamarle más dinero si acaba usándolo durante tres años más?
anda que ya les vale. 🙁
Muy bueno lo de los albañiles