La reforma de la LPI elimina el derecho de cita y pone en peligro servicios como «news.google»

Agencias – Abogados especialistas en la regulación de derechos de autor advirtieron hoy que en la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual «ha desaparecido» del texto el derecho de cita, que no se regula en ninguna otra norma jurídica, por lo que, aseguraron, cualquier reproducción literal de un texto con derechos de autor en una publicación científica, literaria o jurídica «se puede considerar no autorizada». Asimismo, advirtieron de las «deficiencias» por las que se regula la actividad de las empresas de resúmenes de prensa o ‘press clipping’ y otras actividades como la docencia o los catálogos de los museos.

El abogado de la firma Diaz-Bastien & Truan César Iglesias afirmó hoy en rueda de prensa que el texto legal, que actualmente se encuentra bajo trámite parlamentario, previo a su aprobación definitiva en el Congreso, «es un parche» para la adaptación a la norma comunitaria que entraña «más problemas de los que intenta solucionar». «El derecho de cita es un derecho que existe desde los derechos de autor, y cualquier consecuencia que podamos aventurar es poco, si la norma definitivamente se aprueba como está redactada», señaló, aunque dijo «estar confiado» en que no será así.

«Espero que se recupere ese párrafo porque si no, las consecuencias serían desastrosas», advirtió Iglesias, que aventuró un «periodo de incertidumbre» en caso que no se volviera a incluir el primer párrafo del artículo 32, donde sí se recogía este derecho en el texto que llegó al Congreso. Entre otras dificultades, esto impediría a las televisiones, según Iglesias, a utilizar imágenes de otra cadena mediante cita, ya fuera española o extranjera.

En ese mismo artículo se regula la actividad de las compañías de resúmenes de prensa o ‘press clipping’, que queda sujeta al consentimiento del autor, que en caso de que «no se haya opuesto expresamente, tendrá derecho a percibir una remuneración equitativa». Según la firma de abogados, la norma es lo suficientemente ambigua para generar muchos problemas, «empezando por la definición del autor» en los artículos de prensa, que, en el caso de los redactores con relación contractual –«de plantilla»– los derechos son cedidos a las editoras de prensa.

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7 Comments

  1. Anónimo

    La readacción auténtica del artículo 32 de la LPI es:

    Las recopilaciones periódicas efectuadas en forma de reseñas o revista de prensa tendrán la consideración de citas. No obstante, cuando se realicen recopilaciones de artículos periodísticos que consistan básicamente en su mera reproducción y dicha actividad se realice con fines comerciales, el autor que no se haya opuesto expresamente, tendrá derecho a percibir una remuneración equitativa. En caso de oposición expresa del autor, dicha actividad no se entenderá amparada por este límite.

    2. No necesitará autorización del autor el profesorado de la educación reglada para realizar actos de reproducción, distribución y comunicación pública de pequeños fragmentos de obras o de obras aisladas de carácter plástico o fotográfico figurativo, excluidos los libros de texto y los manuales universitarios, cuando tales actos se hagan únicamente para la ilustración de sus actividades educativas en las aulas, en la medida justificada por la finalidad no comercial perseguida, siempre que se trate de obras ya divulgadas y, salvo en los casos en que resulte imposible, se incluyan el nombre del autor y la fuente.

    No se entenderán comprendidas en el párrafo anterior la reproducción, distribución y comunicación pública de compilaciones o agrupaciones de fragmentos de obras o de obras aisladas de carácter plástico o fotográfico figurativo

  2. Anónimo

    ¿Dónde se recoge el derecho de cita? En los dos párrafos que citas, sólo parece otorgarse algo similar a eso al profesorado de la educación reglada. En realidad, por esa redacción, se refiere al pase de diapos en clase de historia del arte.

  3. Anónimo

    Es la misma redacción que hace un año. Gedeprensa (y sobre todos sus socios) estará encantada.

    Otra cosa es que el tono del artículo sea tremendista, pero ese primer párrafo crea un serio problema para un montón de gente que ha estado trabajando en un limbo legal durante muchos años. parece escrito por los socios de Gedeprensa en persona.

    Cómo se aplique esto a los blogs? depende de si se entiende que poner adsense es tener «fines comerciales». Pero no me preocuparía mayormente por ello. Irán a por Rojo y gente similar, a por la que han ido desde siempre.

    Lo curioso es que esta noticia aparezca menos de una semana después del «escándalo» presidencia-sofrés… casualidades?

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