Un bloger español ha sido condenado por las amenazas vertidas por un usuario anónimo de su página personal.
Además de por injurias de una entrada propia, el autor de Mafius Blog ha sido condenado por las amenazas vertidas por un usuario anónimo en dicho blog.
Según comenta el mismo en su bitácora, el tribunal responsable del caso no ha dado importancia a la IP del autor del comentario, aportada por la defensa, porque según la jueza «la dirección IP no tiene ninguna relevancia y por lo tanto sigue siendo un desconocido»
La sentencia se basa en jurisprudencia del Tribunal Constitucional que afirma que al autorizar la publicación del escrito pese a no conocer la identidad de su autor, ha de entenderse que el medio, por ese hecho, ha asumido su contenido.
Más información en mafius.com y Barrapunto. Fuente: HispaMP3
Manda huevos, nada, que la dirección IP no tiene relevancia, señora jueza pues cuando vaya a un juicio no llevare mi DNI que ese numerito con el que nos marcan cual prisión tampoco tiene ninguna relevancia.
«Al colocar un comentario en esta web, acepta que sus datos queden recogidos en una base de datos propiedad de Faq-mac S.C., ubicada en EE.UU., cuya finalidad es el almacenamiento de los mismos.»
¿Qué quiere decire esto exactamente, q los datos están bajo legislación yankee, por q ponéis el aviso? ¿…?
¿El almacenamiento de los mismos ***para qué***?
ru, mejor que te responda Alf, aunque es obvia la respuesta.
neodata, la dirección IP no tiene relevancia por la sencilla razón de que puede ser IP dinámica, recuerda que en españa hay como el 90% de ellas.
Los medios de comunicación son los únicos responsables legalmente de lo que se publica sus webs, ellos tienen publicidad y se benefician de ella, así que ellos son los responsables de lo que pueda ocurrir por comentarios mal sonantes/abusivos… de sus usuarios.
Sigo defendiendo la opción de publicar comentarios con el pre-registro de los comentaristas. Si no tenemos nada que ocultar, para que escondernos tras una IP/nick/alias…
Y por favor, no compares el DNI con una IP, por dios, ¿en que mundo vives?
Por extensión entonces deberían culpar al que da servicio web por alojarla… a donde vamos a parar 😛
¡Bieeeeeeeeeeeeeeeen! Desde ahora entonces sé que me puedo descargar montones de GB en pelis, programas y música vía P2P (amule) pues como la IP no tiene relevancia no me van a poder condenar nunca… voy a ser siempre un usuario anónimo… ¿o no?
Me huelo que para lo que les interesa la IP no tiene ninguna relevancia, pero para lo que sí entonces me puedo la puedo cargar.
También creo que en muchos casos es desconocimiento del propio juez en temas de nuevas tecnologías. Si le llega a tocar otro más «moderno» puede que la sentencia fuera distinta, por lo que se deduce que en este país, en muchos casos la ley y los jueces siguen siendo una mieeeeeeeeeerda (sin olvidarnos de los políticos, pues la última reforma que quiere hacer el gobierno al código penal es claramente penosa e injusta en muchos aspectos).
uissssssssssss como te sales del plato Amfortas.
Por cierto Gabriel, lee el titular y no te salgas del tema.
Y para todos:
Hablad con un Abogado, imagino que ésta web lo hizo, yo lo hice y todo el que tiene dos dedos de frente con una web y que deja publicar en ella debe hacerlo, o puede llegar a pasarle esto mismo.
Se debe aclarar que no se le condena por los comentarios anónimos sino que se le condena por eso y por los suyos propios (2 faltas, no una).
La sentencia, de obligada lectura 😉 :
http://www.20minutos.es/data/adj/2006/07/18/251.pdf
Donde se puede ver el razonamiento de la justicia, desde mi punto de vista muy correcto, donde plantea claramente que una cosa es la libertad de expresión y otra el contenido de las entradas de Mafius.
Hola amigos, con respecto a la leyenda que hemos colocado en los comentarios, estamos obligados a ponerla para cumplir con la ley de protección de datos (así como a tener registrada la existencia de esta base de datos -cada comentario se guarda con su nombre, correo, etc- en la Agencia correspondiente).
Y, desgraciadamente, el tiempo no hace sino convencernos de que estamos «condenados» a ser más estrictos con la política de comentarios, y dentro de no mucho tendremos que poner algún tipo de puerta para pedir pase de identificación al que quiera comentar.
En faq-mac nos gusta la libertad con la que hemos crecido y nos gusta que todo el mundo pueda entrar y salir sin tener que dar explicaciones, pero lamentablemente, en un mundo donde este tipo de libertad ya escasea, la gente pierde la costumbre, olvida cómo se usa, y la maltrata. El resultado: nos vemos abocados a uniformar las normas con aquellas que ya son corrientes en muchos otros sitios.
Supongo que cuando ese malhadado día llegue, será una medida poco popular, que sólo algunos entenderán y supondrá un duro golpe a las conversaciones que aquí se mantienen. Pero no vemos alternativa. En cualquier caso, esperamos seguir contando con vuestro apoyo, que es lo que nos mueve a seguir hacia adelante.
– ¿Agencia correspondiente, agencia yankee?
– ¿La ley de protección de datos obliga a guardar los datos durante 2 años en un server/base de datos en USA?
Bueno, creo q hacéis bien pero lleváis el tema al extremo, actualmente internet en España está llena de blogs y webs con foros donde los usuarios son muy muy ofensivos en muchos casos y no está pasando nada, lo del blog de está noticia es un caso especial, por cierto, no recuerdo muy bien pero supuestamente hace unos meses un profesional de Sogecable denunció a mundoplus.tv por una crítica o alfo así, es un caso más importante q el de esta noticia.
Vamos, que lo que quieres decir es que dentro de poco, como en buena parte de los foros, habrá que darse de alta para poder opinar y se aumentará aún más los filtros de palabras.
Ya de paso podríais hacer como en el foro de TODAS, que todo el que quiera opinar tiene que escribir mínimamente bien… (jajaja, lo siento no lo he podido evitar pero es que cada vez que veo los «q», «ke», «xq» y las preguntas a falta de símbolo… me pongo de los nervios).
Dependiendo del sistema que usase el pavo este en su blog la ip no vale nada. Yo puedo modificar la base de datos de mi blog a mis anchas, atribuyendo comentarios a quién me dé la real gana, modificar su ip, incluso la hora en el que lo hizo.
Pocas cosas hay en la informática que no puedan modificarse arbitrariamente.
ru, mira que es fácil. ¿porque crees que la base de datos está en un servidor de US? ¿No será porque la página web está alojada en dicho servidor de US?
La mia está alojada en un server de Italia, si te parece la base de datos de los comentarios (si la tuviera) me la traigo a España, pues vaya lio. Como no trabaja poco muelle, otra cosa mas.
Y por cierto, ¿Yanki que pais es? me tenéis liado, no aparece en el mapa.
Amfortas, tienes toda la razón. Parece como si a la gente les cobraran por caracteres tecleados.
Creo que todos estamos un poco paranoicos…
Hacen falta unas vacaciones o acudir a un psiquiatra.
No sé hasta que punto se pueden modificar los datos de conexión de IP y resto de temas técnicos. Pero como dice Amfortas, si para cosas como la sentencia actual no tiene la menor validez jurídica, no entiendo porque cuando nos descargamos cosas del P2P si van a tener.
Como bien dice, aqui solo cuenta lo que les interesa a unos cuantos, sobretodo putasgae y similares.
Dr Zippie, que es un buen razonamiento el de la sentencia? El que el fiscal diga que no realizara denuncia y luego la jueza diga que si? Además de que en la conclusión tampoco mencionara su abogada este tema debido a que habia quedado zanjado?
Que es razonable?
Es razonable que no me acepten la prueba de una IP del usuario que escribio ese comentario?
Es razonable que me condenen tambien por un «jugar con el pan de sus hijas»?
Anda y metase su razonamiento por ahí. Por gente como usted la libertad de expresión se acabará.