Los problemas de una ley ambigua: Apple y las garantías, eterno tira y afloja

Applecare espaniaEl diario Público hace suya hoy una frase de la denuncia presentada por Facua ante el Instituto Nacional de Consumo (INC), por el correo que la empresa de Cupertino envía a aquellos usuarios que tienen un dispositivo con la garantía estándar a punto de vencer, para intentar que contraten una ampliación AppleCare.

El correo electrónico sobre AppleCare Protection Plan que Apple envía a sus clientes dice: “Protege tu iPhone 4 un año más con AppleCare Protection Plan. Estarás ampliando la cobertura del servicio técnico y reparaciones a dos años a partir de la fecha de compra de tu iPhone”.

En opinión de Facua esto es publicidad engañosa, pues podrían inducir al usuario a considerar que no hay otras garantías que puedan protegerle. FACUA recuerda que la legislación española establece que el periodo de garantía legal de un producto nuevo es de dos años desde la compra.

Independientemente de que el seguro comercial ofrecido por la compañía pueda ampliar las condiciones de la garantía legal, la publicidad de este servicio es confusa para los usuarios. FACUA informa a los consumidores que hayan contratado este servicio pensando que su garantía legal era sólo de un año que tienen derecho a reclamar la devolución del importe abonado.

En el caso de los dispositivos móviles de consumo (iPhone, iPad, iPod touch, etc.) la extensión de garantía AppleCare pasa de uno a dos años, mientras que en los ordenadores, monitores, etc. pasa de uno a tres años. La ampliación de garantía de dispositivos como el iPhone o el iPad cuesta 79 €, mientras que la ampliación de garantía de ordenadores (portátiles o sobremesa) varían desde los 182 € de AppleCare para iMac hasta los 355 € del MacBook Pro, por ejemplo.

Sin embargo, diferentes situaciones pueden alterar estas condiciones. Por ejemplo, si compras un ordenador de Apple fuera de tu país, no tienes acceso a la garantía: en realidad compras un Mac sin garantía así que tiene que salir “muy barato” para poder aceptar ese riesgo.

img_225482_ipad-japan_450x360.jpgHay productos de Apple que tienen garantía internacional: los portátiles, que puedes comprar en cualquier parte del mundo, los iPod y el iPad. En el caso de los portátiles, tu puedes ir a una tienda de Apple oficial (como por ejemplo, la de la 5ª Avenida de Nueva York) y solicitar un MacBook o MacBook Pro con teclado español y la garantía será válida cuando regreses a tu país.

El iPhone depende de garantías regionales, así que si lo compras fuera de España (o de tu país) te arriesgas a no tener derecho a reparación o sustitución si se avería.

Facua, en su denuncia, considera que la publicidad de Apple induce o puede inducir a error a los consumidor incurriendo en publicidad engañosa, definida en el artículo 5 de la Ley de Competencia Desleal. Este artículo estipula que “se considera desleal por engañosa cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios, siendo susceptible de alterar su comportamiento económico”.

Ya en Mayo de este mismo año nos hicimos eco de que en Italia estaban estudiando la posibilidad de que Apple estuviera privando de sus derechos a los usuarios a través de AppleCare.

La garantía estándar en la Unión Europea para los productos de consumo es de dos años, mientras que Apple con AppleCare ofrece sólo dos años si se paga la extensión de la garantía AppleCare. Por esto la autoridad que vigila el monopolio, anunció en un comunicado de prensa, que estaban abriendo un procedimiento contra Apple.

Según los italianos “La autoridad antimonopolio claramente mantiene que toda empresa que venda extensiones de garantías durante la garantía de dos años vigente en la Unión Europea está haciendo que el cliente pague dos veces por algo a lo que ya tienen derecho. Puedes no estar de acuerdo e intentar rebatirlo, pero lo que sea tiene que aplicarse a todo el mundo, o de otra forma algunas empresas estarán aprovechándose de una ventaja injusta.”

Hasta el momento se desconoce en qué ha quedado el procedimiento italiano.

En España (según un comentario de nuestro lector Yul) esto está regulado por la “Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo”, que en su Art. 9 dice:

“Artículo 9. Plazos.

1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los bienes de segunda mano, el vendedor y el consumidor podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.

Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del bien o la índole de la falta de conformidad.”

Aunque el primer párrafo habla de dos años, el segundo lo deja realmente en seis meses porque, al no presumirse que la falta de conformidad existía cuando el bien se entregó, el comprador debe aportar prueba en contrario, es decir, el peritaje, a cargo del comprador, al que se refiere algún comentario.

Otra cosa es que el establecimiento ofrezca una “Garantía Comercial” adicional, regulada en el Art. 11 de la citada Ley. Esto, por ejemplo, suele hacerlo ECI y es un factor que decide a mucha gente a comprar allí, a pesar de que sus precios suelan estar por encima del promedio del mercado.

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abaskiat
abaskiat
12 years ago

El segundo año de la garantía “obligatoria” como bien indicáis con la ley en la mano implica que el afectado tiene que probar que la avería es por un defecto de fábrica, lo que no es nada sencillo. De ahí que Apple sólo aplique el primer año, a sabiendas de que difícilmente se va a poder aplicar el segundo. Que es una cochinada, pues si. Que están en su derecho, pues también. Por lo tanto FACUA sólo cuenta las cosas a medias para crear revuelo mediático a costa de la empresa que más revuelo mediático atrae hoy en día: Apple.

Harkaitz
Harkaitz
12 years ago

El artículo de FACUA lo que hace es crear una ilusión a los clientes de algo que no es cierto. Como bien comentáis la garantía “real” al final es de 6 meses, los siguientes 18 es el cliente el que debe demostrar con perito que el fallo es de fábrica (muy complicado y caro). Además, tenga o no tenga razón el cliente, el peritaje corre a su cuenta.

Ahora bien, algunos fabricantes “pasan” de eso y como cortesía comercial extienden a 1 año el no pedir el peritaje y otros fabricantes llegan más lejos (hasta los 2 años o más!).

He trabajado durante años en tiendas de informática y si ya a la gente se le hace difícil entender esto, como para darles alas los muchachos de FACUA!

Anónimo
Anónimo
12 years ago

Por precisar…. el contenido del artículo es el mismo, pero la Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo está derogada.

Hoy la materia se encuentra regulada en el R.D. 1/2007, en el artículo 123.

Un saludo.

Anónimo
Anónimo
12 years ago

Todos con FACUA!! No a las mentiras de las empresas y a las trampas comerciales.
Dejémonos de comentarios anti-consumidores.

Anónimo
Anónimo
12 years ago

De acuerdo con Apple mi garantía venció en 12/2010. De acuerdo con la ley, aun tengo garantía. Llamé al servicio técnico de Apple en Sevilla y me dicen que por ser un problema en el disco duro la garantía es limitada, porque si el problema es de “desgaste” del HDD el fabricante no cubre. Además me piden que firme un documento por recurrir a los 2 años de garantía. (?!?)
Vivo en Cádiz y me pregunto si vale a pena ir hasta Sevilla para que me digan que el HDD tiene problema por “desgaste” y no entra en la garantía.
Que rollo…

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