La UE da vía libre para cortar el acceso a los usuarios de internet sin una orden judicial previa
La Unión Europea aprobó ayer que las autoridades administrativas de los Estados miembros puedan cortar el acceso a Internet sin orden judicial previa a los usuarios que descarguen contenidos protegidos por derechos de autor, tal y como quieren hacer Francia o Reino Unido, según el acuerdo alcanzado esta madrugada por los Gobiernos de los 27 y la Eurocámara para reformar la regulación del sector de las telecomunicaciones.
En España, la legislación exige una autorización previa pero el Gobierno estudia cambiar la normativa. El compromiso fue posible después de que la Eurocámara diera marcha atrás en su defensa de los derechos de los internautas. La pregunta por otra parte, es muy sencilla: ¿cómo se va a llevar a cabo esta tarea sin invadir la privacidad en las comunicaciones de los usuarios?.
Nadie parece saberlo.
Para saber si un usuario está descargando un contenido protegido por derechos de autor, la única forma de hacerlo es inspeccionar su tráfico empezando por el volumen del mismo, lo que supone una violación directa de los derechos de la privacidad del usuario.
Es bastante probable que el primer filtro para determinar quien está descargando archivos protegidos por derecho de autor sea el control de volumen de tráfico: a mayor cantidad de GB descargados, mayor posibilidad de que el usuario en cuestión esté "bajando" archivos protegidos. A partir de ahí, se pasaría a la monitorización del tráfico para determinar si los archivos descargados contienen derechos de autor.
Pero no todo el mundo usa el P2P u otros medios de transmisión de archivos (FTP, web de descargas) para descargar archivos con contenidos de autor. Hay mucha gente que usa estos medios de transmisión para distribuir archivos legales: desde música con licencias Copyleft hasta demos de juegos (Feral usa Bittorrent para distribuir las versiones demo de sus juegos).
En el caso de que un usuario "sobrepase" los límites establecidos en cuanto a volumen de descargas, posiblemente será monitorizado en busca de actividades ilegales, saltándose de nuevo una de ley constitucional: la presunción de inocencia. Sin intervención judicial.
En el caso de que el usuario sea advertido de que "está descargando archivos protegidos por propiedad intelectual" basándose en los arbitrarios sistemas de adjudicación de estos derechos deberá justificar ante una serie de empresas privadas la legalidad de sus descargas. Y todo esto, de nuevo, sin intervención de un Juez.
Además, El artículo 18 de la Constitución Española de 1978 establece que:
"1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en el sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.4. La Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos."La misma Unión Europea tiene también leyes al respecto: Dentro de la Unión Europea, el secreto de la correspondencia está garantizado por la Directiva Europea 97/66, de 15 de diciembre de 1997, que obliga a los estados miembros a garantizar, por ley, la confidencialidad de las comunicaciones y telecomunicaciones pasando por "prohibir a cualquier persona que no sea el usuario, sin el consentimiento del afectado, escuchar, interceptar, almacenar las comunicaciones o someterlos a cualquier otra forma de intervención o vigilancia, salvo cuando dichas actividades estén legalmente autorizadas".
Todas estas operaciones se realizan, claro, y a partir de el momento en que los diferentes miembros se acojan a las recomendaciones de la Unión Europea sin la intervención de ningún estamento judicial, y la privacidad de los datos transmitidos pasaría a listados controlados por las operadoras, que casi con toda seguridad serían compartidos con las entidades de gestión de derechos, que serían las que decidirían que contenidos transmitidos están protegidos por derechos de autor. Estos datos serán interpretados en función no de la legitimidad de los mismos, sino en función de la defensa de los intereses de las empresas (privadas) gestoras de derechos de autor.
A cambio, la Eurocámara y los Gobiernos pactaron un nuevo artículo de protección de los derechos de los internautas que no estaba previsto en la versión inicial de la legislación. En él se afirma que las restricciones al acceso a Internet "sólo pueden imponerse si son adecuadas, proporcionadas y necesarias en una sociedad democrática", una de esas frases que en boca de un político quedan perfectas, pero que leída palabra a palabra no tiene significado alguno en ningún sentido. (Actualizado: también se indica que "Se deberá garantizar un procedimiento previo justo e imparcial, incluyendo el derecho a ser escuchado de las personas implicadas”. pero no se indica quien será el responsable de dirimir y tomar una determinación tras escuchar los argumentos de la operadora, la entidad de gestión de derechos o el usuario)
Este asunto ya ha dado mucho que hablar, y lo va a seguir dando durante los próximos días (y meses), pero deja al usuario de internet en un estado total de indefensión y en manos de entidades de gestión privadas que tienen una larga tradición de acciones arbitrarias que han sido en muchas ocasiones castigadas por la justicia por sobrepasar los derechos de los ciudadanos.
Más información en http://blogcmt.com/2009/11/05/los-10-acuerdos-del-paquete-telecom/






En fin si alguien pudiese aclararme esta duda. Gracias!!
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www.faq-mac.com
El problema no es que nos den conexiones mas o menos potentes (o mejor dicho con mas o menos caudal por que eso de potentes aqui como que no) si no que mucha gente se cree con derecho a obtener todo gratis por que ya paga la conexion a internet y eso no es asi, ojo no nos confundamos yo como el que mas he bajado mis peliculas y musica la diferencia esta en que tal como lo uso yo me he ahorrado pagar por autenticas mierdas pero lo que relamente me gusta lo he comprado sin problemas y lo otro pues lo he borrado por que no merece la pena ni gastar espacio en disco con ello.
Software no pirateo, ademas de que es ilegal aqui tambien pago le que hay que pagar y dono al que es libre y realmente me es util, preguntale a los chicos de http://www.pfsense.com por ejemplo cuantos donativos les vienen cada dos por tres desde Barcelona y cuantas estancias de hotel han podido pagar al ir a los congresos gracias a ello.
Ese es el verdadero problema que nos creemos que todo es gratis y cae del cielo.
Y ahora, no recuerdo si lo leí en esta web o en otra, que en iTunes seguramente se podrán ver las series que quieras por 30 dólares (por supuesto, solo en USA, pero si funciona estaría bien que alguien se interesara también por aquí)... Pero vamos, que mientras que la mentalidad no cambie... al fin y al cabo, cuando la gente marca un archivo en un programa p2p o le da a "descargar" en una web no piensa en que esté haciendo daño a terceros, sino en que ha encontrado algo que desde hacía mucho quería o no podía recordar, en cualquier no siente que esté cometiendo un delito.
Seguiré defendiendo el P2P mientras las leyes me lo permitan. Os recomiendo leer el libro de David Bravo "Copia este libro", que aunque ya está un poco anticuado, pone las afirmaciones junto a las leyes y se cae por su propio peso.
COMPARTIR ES LEGAL AUNQUE LES PESE A MUCHOS (De momento claro).