Sentencia Juzgado mercantil de Madrid: La pretensión de AIE y AGEDI de cobrar por la música Copyleft es "totalitarista"
En el mes de octubre de 2008, el "Gimnasio Femenino Vambora" sito en Madrid, calle Augusto Figueroa nº 9, obtuvo una sentencia en favor del uso de música Copyleft. La novedad en este caso radica en que la demandante no era la SGAE, sino las gestoras de los derechos de los intérpretes y ejecutantes (AIE) y de los productores de los fonogramas (AGEDI). Tal y como ya comienza a ser conocido públicamente, sobre un fonograma (la grabación de una obra musical) existen tres grupos de derechos cada uno de ellos gestionado por una entidad diferente y las tres tienen derecho al cobro por su comunicación pública si la gestión del mismo le ha sido encomendada: la SGAE para los autores, AIE para los intérpretes o ejecutantes y AGEDI para la productora musical. La sentencia desestima íntegramente la demanda e impone las costas solidariamente a las demandantes AIE y AGEDI. Más información en Derecho-interner.org





