Las Patentes en el desarrollo del Software y la repercusión de la Propuesta de Directiva Europea. Patentabilidad de Funciones Ló

Informe enviado a la Comisión Europea de Telecomunicaciones Parlamento Europeo, Bruselas, 16 Mayo 2003 y Ponencia presentada en la Semana Internacional de las TIC en Galicia Universidad de Santiago de Compostela, 2 de Junio 2003.

Resumen:

El 22 de Mayo de 2003, la Comisión Jurídica (JURI) del Parlamento Europeo votará sobre la propuesta presentada por la Oficina Europea de Patentes (EPO), y escrita por la Business Software Alliance (asociación formada por algunos grandes fabricantes de software, como Microsoft, Adobe y Macromedia), en la que se solicita que los procesos lógicos (software y más cosas) sean patentables, modificando así el artículo 52 (2) de la Convención Europea de Patentes (EPC). El Junio 18 se presentará el resultado de la votación de JURI al Pleno del Parlamento Europeo, quien tomará una resolución al respecto. En el Pleno, aquellas fracciones y grupos de 35 o más diputados pueden presentar enmiendas. De aceptarse la propuesta, se armonizaría la legislación Europea con la Norteamericana y la Japonesa (cometiendo así el mismo error todos, y dándoles a ellos una ventaja estratégica fundamental), se produciría un sobrecoste para la industria del software Europea (que llevaría al cierre de muchas PYMES de desarrollo de software independientes) y una inflación añadida, se condenaría de muerte al software libre y de código abierto, y se pondría en peligro el avance científico de la Humanidad. Todo para que la EPO, los Agentes de Propiedad Industrial, y las grandes empresas con enormes Bancos de Patentes puedan obtener aún mayores beneficios, ahogando la libre competencia y reduciendo la diversidad de oferta al consumidor.

Volvemos a lo de siempre: el interés de unos pocos (que controlan y manipulan la información y la opinión pública) afectando al bien común de la sociedad.

Infórmate. Haz algo.

DEFINICIONES

PATENTES: Una Patente es un privilegio de monopolio temporal (20 años máximo) que los gobiernos otorgan a los creadores (empresa o particular) de un “invento”: nuevo, reproducible, no obvio para un especialista, y aplicable industrialmente. La ley actual dice: “NO se consideraran como tal los programas de ordenador…”

NO SON: Signo de excelencia (sólo un trámite burocratico, de hecho la concesión de la patente depende más de la habilidad burocrática en la solicitud que del mérito de la invención), derecho natural de los inventores (la justificación es meramente económica), prueba de utilidad, marca ni propiedad intelectual. Solo las “Invenciones” son patentables, y según los tribunales alemanes (pioneros en la definición) una invención: “es una enseñanza de cómo usar fuerzas naturales controlables para conseguir, de modo causal, los resultados inmediatos de las fuerzas naturales controlables sin mediación de la razón humana”. La legislación sobre patentes no es un tipo de ley natural, sino un mecanismo usado por las sociedades para intentar potenciar desarrollo tecnológico, y para asegurar que no se ocultan las técnicas importantes de forma que puedan ser incorporadas al corpus de conocimiento público. Aunque parezca lo contrario, históricamente han fracasado en su cometido, pues estos beneficios tienen muchos costes para la sociedad, principalmente en forma de ineficiencias económicas y de inaccesibilidad a nuevas tecnologías por gran parte de la población. Estos costes se originan del hecho de dar a un individuo o a una empresa el monopolio del uso comercial de la técnica patentada. El efecto de los monopolios en la economía ha sido bien estudiado por los economistas, y su impacto tanto en el desarrollo tecnológico como en el económico puede ser realmente peligroso. Quien tiene una patente o un grupo de patentes relacionadas entre si puede bloquear el desarrollo de ramas completas de una tecnología dada, o imponer esquemas de licencia que fuercen a los fabricantes a vender sus productos a precios artificialmente altos o no competitivos.

SOFTWARE: Expresión de información de un proceso lógico (algoritmo) -> Ni la “expresión”, ni la “lógica” ni la “información” deberían de ser patentables. No se patentan programas de ordenador completos, sino conceptos.

HISTORIA

En la Europa Medieval, los reyes conceden privilegios a dedo, incluso monopolios, para recompensar favores.

1443 Venecia: Primeras patentes.

1624 Inglaterra: Monopoly Act.

1769 James Watt patenta un “condensador conectado a un cilindro por una válvula” cuando le encargan reparar la “máquina de vapor” inventada por Thomas Newcomen y John Calley en 1712 (basándose en una patente de una olla a presión de Thomas Savery de 1698). [1] Efecto de las patentes sobre el desarrollo de los motores de vapor: las patentes de James Watt fueron usadas para bloquear enormes mejoras a los motores de vapor hasta que hubieron caducado dichas patentes.

1787 EEUU: Patentes en la constitución.

1787 – 1830 Pocas patentes en EEUU.

1791 Francia. Ley de patentes.

1830 La “revolución” del Telégrafo en EEUU pone de moda las patentes.

1877 Alemania: ley de patentes con examen obligatorio.

1885 Japón (primer intento 1871).

1930 – 1970 EEUU: depresión económica -> escepticismo respecto a patentes y monopolios.

1973 Convención Europea de Patentes (EPC). Oficina Europea de Patentes (OEP). No se permite patentar software.

1976 Alemania: Caso Dispositionsprogramm. El software no es patentable.

1978 Europa: Guia de examen de solicitudes a la OEP. El software no es patentable

1980 Alemania: Comienza la ambigüedad. Caso Rolling Rod Splittling. El software no patentable.

1982 EEUU: Nuevo tribunal CAFC refuerza el poder de las patentes.

1986 OEP comienza a dar patentes a creaciones intelectuales. Caso Vicom.

1980s finales. EEUU: Proliferan las patentes de biotecnología. Sistema de patentes Norteamericano y Japonés reforzado significativamente, pero ello no significó ningún aumento en la I+D ni en la innovación[2].

1990 mediados. EEUU: Internet y patentes de software.

1991 Revisión de EPC. Directiva de derechos de autor de programación.

1997 Green Paper de la Comisión Europea donde se plantea la patentabilidad del software.

1998 EEUU, caso State Street. Métodos de negocio. OEP: TBA “programas y efecto técnico adicional” no “como tal” y patentables. Famosa redefinición unilateral del juez de patentes Mark Schar por la cual la OEP viene infringiendo la ley[3], permitiendo el otorgamiento de unas 30.000 patentes de software en Europa, cuando no está permitido por la EPC.

1999 La Comisión Europea presenta medidas para permitir patentar software. La reunión de la OEP las retrasa un año.

2000 Consulta de la Comisión Europea. 91 % en contra de la patentabilidad de software. La OEP no cambia el artículo 52.2 de la EPC.

2001 Estudio manipulado de las respuestas a la consulta de la Comisión.

2002 Propuesta de directiva sobre la patentabilidad del software. Propuesta[1] de la Dirección General de Mercado Interior de la Comisión Europea Escrita por la Business Software Alliance (BSA)[2]

Propuesta de la Oficina Europea de Patentes (EPO) de Directiva COM(2002) 92 2002/0047 del 20 de Febrero de 2002: Eliminar el Artículo 52 (2) de la Convención Europea de Patentes (EPC), permitiendo así la patentabilidad de las funciones lógicas / procesos lógicos -también denominadas “soluciones prácticas y repetibles a problemas”- (programas de ordenador, metodos intelectuales, métodos empresariales, metodos matemáticos, etc). Esta propuesta va en contra de la opinión expresada por los principales desarrolladores de software y economistas, citando como única fuente de información sobre la realidad del software dos estudios no publicados de la BSA y sus socios (alianza para la imposición del © dominada por Microsoft y otras grandes compañías de EEUU) sobre la importancia del software propietario. ¡Estos estudios ni siquiera mencionan las patentes! El texto de apoyo y la propuesta misma fueron aparentemente realizados por un empleado de la BSA por petición de la Comisión Europea.

SITUACION ACTUAL

La Oficina de Patentes de los EEUU (USPTO) otorga una patente a todo aquel requerimiento que meramente satisface los requisitos formales de aplicación (un reciente estudio [1] muestra que las estadísticas de la USPTO son engañosas, y que el porcentaje de otorgamiento reciente de patentes es de un 95% (en el período examinado de 1993 a 1998) “alcanzando un máximo del 97%.” Este nivel es muchísimo más alto que en Europa y Japón. Los autores concluyen que la USPTO actualmente otorga una patente “por virtualmente cada aplicación original?, por lo que no sorprende que muchas de ellas sean absurdas. La Oficina Europea de Patentes ha otorgado (ignorando la ley de Patentes existente) más de 30.000 patentes (la mayoría a multinacionales Estadounidenses y Japonesas) sobre programas de ordenador[2], incluso ha llegado a redactar un reglamento interno[3] obligando a los examinadores a concederlas. Todo ello cediendo a presiones de EEUU y Japón (por la ventaja competitiva que les otorgaría el hecho de que estos países cuentan ya con muchas patentes de software concedidas), y con el incentivo económico de conceder patentes (no por rechazarlas) por triviales que estas sean (Coste promedio de Patente Europea = 30.000 euros) [4]. Si la innovación es secuencial (cada innovación se construye sobre su predecesora) y complementaria (una diversidad de innovadores aumenta la probabilidad de invención), entonces los beneficios empresariales se ven de hecho mejorados por la libre competencia y un sistema de patentes interfiere con esa competitividad e innovación [5].

LITIGIOS ILUSTRATIVOS

Thomas Woolston, un abogado de patentes (fue experto en tecnología de la CIA), alega que eBay violó dos de sus patentes que cubren el proceso por el cual la gente hace ofertas aseguradas por una tarjeta de crédito para comprar artículos en Internet. El abogado busca un interdicto y una indemnización no especificada de eBay. Woolston, presentó la solicitud de su primera patente de subastas por Internet en abril de 1995, antes del lanzamiento de eBay en septiembre de 1995. [1] El 90% de la patentes de semiconductores tienen un problema de Arte Previo, y por lo tanto no son válidas [2]. Thomson Multimedia fuerza a un programador independiente Noruego a no distribuir su reproductor de MP3 (al ser MP3 un formato patentado por Thomson Multimedia en Europa, pese a que la ley no permite este tipo de patentes todavía). El programador Noruego no tuvo el suficiente capital como para enfrenarse a un juicio de estas características y tuvo que ceder. Perdió el caso sin ni siquiera poder defenderse ante los tribunales.

¿Cuando Google implemente su patente de foros de discusión específicos de página, serán llevados a juicio por Amazon.com (como le ocurrió a Barnes & Noble)? ¿Cuando Amazon.com ordene sus productos por relación, serán llevados a juicio por Google? 14 abogados de IBM se presentaron en Sun Microsystems en los años 80, para negociar “un acuerdo amistoso”, pues acusaban a Sun de haber infringido 7 de sus patentes. Después de debatir el asunto, y demostrar que IBM no tenía razón (había patentes tan absurdas como el modo de ampliar proporcionalmente un rectángulo, lo cual probablemente se inventó en Grecia hace más de 3000 años), los abogados de IBM, impasibles, dijeron: “tenemos más de 10.000 patentes, ¿seguro que queréis que volvamos a la oficina y encontremos 7 patentes que sí hayáis infringido, o queréis pagarnos 20 millones de dólares y dejamos el tema?” Sun tuvo que pagar.[3]

Las patentes, en EEUU hace tiempo que dejaron de ser un incentivo para el inventor y se han convertido en una barrera de entrada a la competencia y un modo de vida parasitario de abogados y burócratas del sistema de patentes, contribuyendo a la “economía del litigio” (que normalmente interfiere con la del libre mercado).

EJEMPLOS DE PATENTES ABSURDAS

– (Google) Foros de discusión

– (Amazon.com) Ranking por interconectividad de página

– EP807891 “Carrito de la compra”

– Apple Computer (tras demostrar Arte Previo en la solicitud de patente originalmente cursada por Microsoft) “era”

– EP747840 Páginas web dinámicas según datos y formularios (CGIs, servlets…)

– EP800192 Transformar nombres de ficheros de Windows 98 a NT

– Subastas por Internet

– EP193933 (FFII) Un ordenador controlando a otro (RPC, VCN, Telnet…)

– Comparar la pronunciación de un alumno con la pregrabada en un ordenador

– EP792493 (Espacenet) Precios dinámicos en Comercio electrónico (subastas…)

– Publicar una base de datos a través de la Web ¡está protegido por 10 patentes!

PATENTES Y ESTANDARES

Abusos de propietarios de patentes: empresas de alta tecnología contribuyen a organizaciones de standards, y solo después de que se ha decidido un standard, afloran la información de que esa tecnología tiene Royalties. Esta práctica habitual quedó recientemente al descubierto cuando la Comisión Federal del Comercio de EEUU (USFTC) acusó a Rambus en base a leyes antimonopolio, alegando que la compañía escondió su control sobre propiedad intelectual de la JEDEC Solid State Technology Association.

Grandes empresas con enormes fondos de patentes han presionado a organizaciones de standards incluso si han mostrado preferencia por tecnologías libres de royalties (RF) en vez de las excepciones de licencias ?Razonables y No Discriminatorias? (RAND). El World Wide Web Consortium (W3C) recientemente rechazó un intento de establecer una amplia excepción RAND.[1]

Estas prácticas llevan a casos como: pago de tasa de 0,02 ? / hora vídeo MPEG, o la compresión digital de vídeo de Sorenson, que está licenciada en exclusiva a Apple Computer para su formato QuickTime.

DEBATE

EN CONTRA:

Jueces, expertos y académicos de patentes de muchos países, el Comité de Regiones de la UE (por unanimidad), el director del programa de investigación de software de la UE, el partido socialista francés, el partido laborista holandés, la Democrat Youth Community of Europe and Youth of European People’s Party (secciones juveniles de partidos europeos de centroderecha), sindicatos como el SPECIS francés, asociaciones y empresas, como la Internet Society France, Internet Society Luxembourg, o la BBC, los autores de todos los estudios económicos sobre el tema, la Eurolinux Alliance, con más de 110.000 firmas y más de 300 empresas y asociaciones, 9 de cada 10 respuestas a la consulta de la propia comisión.

En concreto, según los cálculos de Jozef Halbersztadt a partir del informe sobre la consulta encargada por la Comisión:

A favor de la pat. de soft. (85 respuestas de 1447) 6%

En contra de las patentes sobre programas 94%

Por grupos:

Particulares 98,5%

PYMEs 95%

Grandes empresas 81%

Asociaciones 45%

Usuarios 99,6%

Estudiantes 99,5%

Académicos 98,0%

Desarrolladores de programas 95,8%

Profesionales de la propiedad industrial 33%

Gobiernos 22%

A FAVOR:

Unas pocas multinacionales de software (como Alcatel, Siemens, Thomson Multimedia, Dassault, Matra, Thales, Microsoft -quien considera el litigio sobre patente como un arma estratégica en su lucha contra el software Libre/de Código Abierto7, e IBM), la Oficina Europea de Patentes, los abogados de patentes, EEUU, y Japón.

FRASES

“Si nuestro objetivo es maximizar el crecimiento económico, ¿estamos consiguiendo el balance adecuado en la protección de los derechos de propiedad intelectual? ¿Son las protecciones suficientemente amplias para fomentar la innovación pero no tan amplias como para acabar con la innovación secuencial? ¿Son dichas protecciones tan vagas que producen inseguridades que incremental el riesgo y coste del capital? ¿Cuán apropiado es nuestro actual sistema — desarrollado para un mundo de bienes tangibles — para una economía en la que el valor cada vez más se encuentra en la ideas más que en el capital tangible?” Alan Greenspan 2003/04/04: Market Economies and Rule of Law [1]

“Desde un punto de vista empresarial arriesgas una pequeña cantidad de derechos de Propiedad Intelectual por un enorme retorno sobre la inversión. Si eres un experto en tu tecnología, y todo el mundo la usa como parte de un standard industrial, entonces lideras el mercado. No tienes que cambiar tu arquitectura o ingeniería, mientras que a otros les han de salir dientes extra y aprender a usarlos” Carl Cargill, Director of Standards-Sun Microsystems[2]

“Si la gente hubiese sabido entonces cómo se patentan las ideas que hoy usamos, la industria estaría completamente estancada hoy. La solución . . . patentar tanto como podamos. . . . una empresa de nueva creación futura sin patentes propias sera obligada a pagar el precio que los gigantes decidan imponer. Ese precio puede ser alto: las empresas establecidas tienen interés en dejar fuera nuevos competidores.” Bill Gates – Microsoft

EFECTOS QUE CAUSARIA LA IMPLEMENTACION DE LA PROPUESTA

Aunque el esfuerzo por justificar un cambio de legislación tendría que ser por parte de quien lo propone, así como el de justificar una actuación contraria a la ley por quien lo comete, he aquí algunos motivos por los que mantener la interpretación tradicional de la EPC:

Coste:

– Para la UE : entre 1.000.000.000 y 5.000.000.000 euros/año.

– Para el desarrollador de software: un 30% añadido (según Fraunhoffer), y mayor coste al usuario y contribuyente (lo que conlleva una ralentización económica y un aumento de la inflación).

Terrorismo Jurídico: una “economía del litigio” como la Norteamericana, donde abogados y otros “expertos” en patentes, patentan las ocurrencias más triviales y absurdas (incluso existiendo en la mayoría de ellas Arte Previo) para luego demandar a pequeño desarrolladores de software que prefieren pagar un royalty a tener que ir a juicio (causa una tremenda sensación de inseguridad y desprotección tener que revisar TODAS las patentes existentes de software -lo cual resulta prácticamente imposible dada la modularidad del software- como medida previa a la creación). Víctimas potenciales: más de 44.000 desarrolladores independientes (la mayoría de ellos sin ánimo de lucro) y pequeños desarrolladores de software. A la larga: toda la industria del software.

MITOS

NO es cierto que:

Sin patentes no haya innovación (ver estudio en: http://www.freepatents.org/adapt/faqbrevet.html)

Tener patentes sea un síntoma de inventiva, inversión en I+D, etc (ver estudios en: http://www.european-patent-office.org/epo/facts_figures/facts2000/e/5_e.htm y en: http://www.researchoninnovation.org/patent.pdf)

Las patentes sean útiles a las PYMES.

El software sea una tecnología como otra.

Porque EEUU y Japón tengan patentes de software nosotros tengamos que tener también.

Se deban de poder patentar unos programas y otros no.

Se puedan patentar programas, pero no métodos de negocio, matemáticas, etc.

Las patentes sólo perjudican al software libre.

El software necesita protección más fuerte que la que ofrece la Propiedad Intelectual.

ALTERNATIVAS

Levin et al. demostraron que las Patentes quedan tras otros métodos como:

Tiempo en Alcanzar el Mercado

Curva de Aprendizaje

Marketing

Costes de Producción

Precio, etc

en el ranking de los métodos para la protección y el fomento de la innovación.

CONCLUSION

La propuesta arriesga la creación de: monopolios, economía del litigio, incremento innecesario de costes, inseguridad, estancamiento…

Existen otros métodos.

La Industria del Software (una de las de mayor crecimiento e innovación de la historia) no necesita (ni quiere) medidas de este tipo.

Por el pequeño beneficio de unos pocos, el gran coste para unos muchos.

Pero se trata de más que software…

UN DEBATE MAS AMPLIO

Ley de Propiedad Intelectual

Patentabilidad de Funciones Lógicas

Patentes en General

Regulación del Espacio Digital

“Mientras las leyes de las Matemáticas sean ciertas, no se refieren a la realidad.”

Albert Einstein

“Cualquier intento de obtener la protección de logros mentales extendiendo los límites de la invención técnica — y por lo tanto invalidando este concepto — Lleva a un camino prohibido. Por lo tanto debemos insistir que una regla pura de organización y cálculo, cuya única relación con el ámbito de la tecnología consiste en su usabilidad para la operación normal de un ordenador conocido, no merece una protección de patente. Si se le puede otorgar protección bajo otro régimen, como derecho de reproducción o derecho de la competencia, va mas allá del ámbito de esta discusión.”

Tribunal Federal de Justicia de los EEUU, 1976: Decisión “Disposition Program”.

REFERENCIAS

HISTORIA:

1.- Collective Invention during the British Industrial Revolution: The Case of theCornish Pumping Engine en http://www.researchoninnovation.org/tiip/archive/2003_1_c.htm

2.- Bessen J. and Masking E. (2002) “Sequential Innovation, Patents and Imitation” and Sakakibara M. and Branstetter L. (2001) “Do Stronger Patents Induce More Innovation”. “Evidence from the 1998 Japanese Patent Law Reforms” Rand Journal of Economy, v.32, p. 77-100

3.- http://swpat.ffii.org/papers/epo-gl78/index.en.html

PROPUESTA DE LA EPO:

1.- EPO proposal: http://www.european-patent-office.org/news/headlns/2000_08_17.htm

2.- Escrita por la BSA: http://www.eurolinux.org/news/warn01C/indexes.html (español) y http://www.opensource.org/halloween/

SITUACION ACTUAL:

1.- Continuing Patent Applications and Performance of the U.S. Patent and Trademark Office

2.- 30.000 Software Patents already awarded by EPO: http://swpat.ffii.org/vreji/pikta/index.en.html

3.- http://swpat.ffii.org/papers/beresford00/index.en.html

4.- http://www.european-patent-office.org/epo/new/kosten_e.pdf

5.- Bessen J. and Masking E. (2002) “Sequential Innovation, Patents and Imitation”

LITIGIOS ACTUALES ILUSTRATIVOS:

1.- Caso eBay

3.- Gary Reback, Fortune Magazine

PATENTES Y ESTANDARES:

1.- “Anonymous Backer Funds Patent Foe”, CNET news.com, April 9, 2003

PATENTES ABSURDAS:

European software patents horror gallery. Disponible en http://swpat.ffii.org/vreji/pikta/index.en.html (inglés)

FRASES:

1.- Allan Greenspan: http://www.federalreserve.gov/BoardDocs/speeches/2003/20030404/default.htm

2.- “Patent Holders on the Ropes”, CNET news.com, December 2, 2002

DEBATE:

DG-MKT, IPR Helpdesk, Frauenhoffer http://www.swpat.ffii.org/vreji/papri/bmwifhgmpi01/indexde.html

http://swpat.ffii.org/stidi/epc52/exeg/indexde.html

[BessemMaskim] James Bessem y Eric Maskim. Sequential Innovation, Patents and Imitation .Working Paper. Department of Economics, MIT Cambridge, Massachusets . Disponible en http://www.researchoninnovation.org/patent.pdf (inglés)

EFECTOS QUE CAUSARIA LA IMPLEMENTACION DE LA PROPUESTA:

Smets, J.P. y Pilch, H., “Software Patentability with Compensatory Regulation: a Cost Evaluation”, UPGRADE-CEPIS magazine, Vol. II, Num. 6, Diciembre 2001 –

http://www.upgrade-cepis.org

http://www-pro-innovation.org/rapport_brevet/brevets_plan.pdf

http://europa.eu.int/comm/internal_market/en/intprop/indprop/study.pdf

http://info.sm.umist.ac.uk/esrcip/background.htm

ftp://ftp.ipr-helpdesk.org/softstudy.pdf

Taylor C.T. and Silberston Z.A. (1973) “The economic impact of the patent system: a study of the British experience” Cambridge Univ. p. 294

UN DEBATE MAS AMPLIO:

Practical and repeatable problem solutions: http://swpat.ffii.org/vreji/papri/jwipschar98/indexen.html

LICENCIA

En un ejemplo de coherencia con mis propios convencimientos de que las leyes de Derecho de Reproducción (es un insulto a la inteligencia enmascararlas tras el término “Propiedad Intelectual”) son unas leyes abusivas, lesivas al interés general, y que sólo benefician a los editores, productores, y distribuidores (y a organizaciones de gestión colectiva como la SGAE), sin aportar soluciones al problema de la falta de impulso creativo (más bien entorpeciéndolo al restringirlo y limitarlo a unos pocos), he decidido poner todas mis obras (incluyendo esta) a disposición de quien le interese bajo la licencia “Creative Commons Attribution- NonCommercial-ShareAlike 1.0” [cc].

Básicamente esta licencia le permite:

Copiar, reproducir, mostrar públicamente y modificar mis obras, siempre y cuando se cite al autor (yo), no se use para fines comerciales sin mi consentimiento, y las obras derivadas se mantengan bajo esta misma licencia.

Ver www.creativecommons.org para más información.

STW. Information wants to be free.

Faq-mac.com permite y promueve la reproducción de este artículo, siempre que se cite su procedencia.

Artículo disponible en:

http://jcortell.cjb.net

CURRICULUM ACADEMICO:

University of Oxford Computer Science

Kellogg C. College Business Management

[Premio Wall Street Journal (S. Achievement Award)]

Harvard University Intellectual Property

EXPERIENCIA PROFESIONAL:

Profesor de Propiedad Intelectual y eCommerce en la Univ. Polit. de Valencia (ETSID)

Socio fundador de la empresa de desarrollo de software OnezerO Soft

Miembro del Internet Engineering Task Force (Intellectual Property Working Group)

Miembro del Panel Ejecutivo Web del diario Financial Times

Asesoramiento en TIC a empresas de Alemania, Inglaterra, Portugal, Turquía, y España

Colaborador ocasional de las universidades de Oxford, Stanford y Berkeley

Asesoramiento extraoficial a agencias gubernamentales, EEUU (administración Clinton)

Bolsa de Nueva York (Dept. Comunicación, desarrollo del programa T the T)

Publicado originalmente el 2003-05-23@19:17:55

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Anónimo
Anónimo
20 years ago

Este articulo está patentado, si lo ha leido debe mandar 10 centimos de euro a… 🙂

Anónimo
Anónimo
20 years ago

Lo que hay que sufrir, eh Jorge?

Hasta la proxima patente.

Anónimo
Anónimo
20 years ago

Es un trabajo de recopilación muy interesante, expléndido.

¡Gracias!

http://H.says.it/

Anónimo
Anónimo
18 years ago

De hecho, la Wikipedia en español lo toma como una de las referencias externas sobre patentes de software 😉

es.wikipedia.com/Patente

Anónimo
Anónimo
17 years ago

The information I found here was rather helpful. Thank you for this.

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