El derecho a la cultura como simple mercancía, por Javier Maestre y Carlos Sánchez Almeida

El borrador de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual deja fuera de su regulación, en su concepción tradicional europea, el derecho moral de autor, limitándose a regular determinados aspectos de los derechos de explotación. El derecho ciudadano a la cultura, es convertido en un apéndice espurio del mercado de la propiedad intelectual.

El legislador español no se ha complicado demasiado. Partiendo de la directiva, acentúa hasta el extremo la restricción de derechos ciudadanos, en beneficio de los lobbys económicos agrupados, principalmente, en torno a las entidades de gestión de derechos de autor.

Unos lobbys, a diferencia de sus homónimos norteamericanos, absolutamente opacos y sobre los que el Borrador del Ministerio de Cultura omite toda mención, pese a que el considerando 17 de la Directiva establece que “es necesario garantizar que las sociedades de gestión colectiva de los derechos de autor y de los derechos afines a los derechos de autor consigan un nivel más alto de racionalización y transparencia en el respeto de las normas de competencia”.

La reforma modifica la Ley de Propiedad Intelectual y de forma encubierta modifica el Código Penal, cuyo artículo 270 define como delito las conductas de reproducción, distribución y comunicación pública, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, de obras sujetas a derechos de autor.

Se introduce de tapadillo una reforma sustancial de las conductas definidas como delito en el código penal. Dos por el precio de uno, y con Bruselas como excusa.

Fuente: IBLNews

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